miércoles, 14 de mayo de 2008

NUEVAS ACLARACIONES SOBRE TRIENIOS Y PRESCRIPCIONES: NO HAY MOTIVOS PARA PONERSE NERVIOSO

Ayer día 13 de mayo se cumplió un año de la entrada en vigor del Estatuto Básico del Empleado Público. En este mismo Blog hemos recomendado entregar algún escrito que pudiera “romper” la hipotética prescripción de cantidades no abonadas con la Administración desde la entrada en vigor de dicha norma.

Bastantes compañeros están un poco angustiados preguntando que qué pasa si no se ha entregado nada. Pues no pasa nada de nada. El que quiera y pueda lo entrega en estos próximos días y el que no pueda o no quiera no lo entrega.

El MEC (Infanti-Primaria) ya ha empezado a pagar trienios al PR, y ahora publicara un Procedimiento para reclamar el Tiempo de Servicio anterior al 99 (pues sólo ha pagado lo posterior al 99). Cuando lo publique dirá cual es la Documentación Oficial que hay que presentar, y qué Modelo o Anexo. A eso se ha comprometido el MEC y si lo cumple, no habrá ningún problema de prescripciones. Y, en todo caso, si lo hubiera, lo que prescribirían serían cantidades mínimas y nunca derechos. Es decir, que no prescribe el Tiempo de Servicio trabajado, ni el derecho a cobrar trienios por esos Servicios Previos al 99.

Con respecto a la Consejería de Educación (Secundaria), ésta se ha comprometido a publicar en las próximas semanas unas Instrucciones con el procedimiento para el abono de Trienios al PR. Esperamos que el Tiempo de Servicio lo calcule de Oficio (pues tiene los datos de Secundaria desde que se produjeron las transferencias). También abrirá un plazo para corrección de errores, con su procedimiento correspondiente. Será entonces cuando, el que vea que existe algún error, deberá reclamar y presentar la documentación correspondiente. E igual que en Primaria, si prescribe algo serían cantidades mínimas, y nunca derechos; aunque si la Consejería cumple su palabra, no prescribirá nada.

Por tanto, entendemos que no hay que ponerse nerviosos (disculpad la expresión) y esperar un poco. Lo de entregar antes del día 13 de mayo algún tipo de Solicitud era algo para “curarse en salud” ante la posibilidad de que alguien argumente que han prescrito algunas cantidades.

4 comentarios:

Anónimo dijo...

Aviso, solo hemos cobrado dos trienios os tienen que haber reclamado los trienios desde la fecha de relación laboral, cuando lo concedan descontarán lo que nos han abonado, así lo ha hecho el sindicato USO. No nos han considerado desde enero del 99 hasta julio del 99...

Profesores de Religión por la Dignidad Laboral y Profesional dijo...

Amigo/a: no entendemos muy bien tu comentario. ¿Puedes explicarte un poquito más?

Anónimo dijo...

Cuando hemos recibido las dos nominillas observamos que nos han considerado desde junio del 99 a diciembre de 20008 y desde enero del 2000 a abril de 2008.Por lo que solo son dos trienios.
Las reclamaciones deben hacerse desde la fecha de la sentencia, cinco años antes del 99 en mi caso, hasta la fecha, para que no haya meses sin contar.
Una vez que nos sea faborable nos pagarán todos los trienios y descontarán lo que nos han dado ahora. Espero me haya explicado mejor, preguntad en los sindicatos cómo han hecho las reclamaciones desde qué fecha. Gracias por vuestro interés en nuestro colectivo...

Profesores de Religión por la Dignidad Laboral y Profesional dijo...

Los abonos de trienios que ha hecho el MEC han sido "de oficio", es decir, no han tenido nada que ver las reclamaciones que hayan podido hacer los sindicatos.
Han pagado dos trienios de junio del 07 a marzo del 08, aunque deberían haber pagado 3 trienios de enero a abril del 08. Han pagado los trienios en función del número de horas semanales en contrato.
Ahora enviarán "Certificados" de trienios reconocidos y abrirán un plazo para subsanación de errores. En ese momento es cuando habrá que iniciar las reclamaciones.