viernes, 18 de abril de 2008

BUENA NOTICIA: EL PROFESORADO DE RELIGIÓN EQUIPARADO CON LOS INTERINOS A EFECTOS DE PERMISOS Y LICENCIAS

La Dirección General de Gestión de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, ha emitido esta semana la Instrucción nº 3/2008 de 15 de abril de 2008, sobre permisos y licencias para el Profesorado de Religión de Secundaria.

Con ella empiezan a dar sus frutos las negociaciones sindicales con la Administración, y aunque algunos pensaréis que no es gran cosa, lo podríamos considerar el primer pasito, lo primero que conseguimos en Andalucía en una negociación, sin tener que judicializar el tema.

Con esta Instrucción (que como ella misma dice ha sido consultada a los sindicatos presentes en la Mesa Sectorial) se nos concederán permisos que hasta ahora se nos negaban: por razones de formación, permiso de cuatro semanas adicionales por parto, adopción o acogimiento, permiso por cuidado de hijo menor de dieciséis meses, acumulación de tiempo de lactancia… únicamente no se contempla el permiso por asuntos particulares sin retribución, que es el único que no tienen los interinos y sí los funcionarios.

Aunque de momento es para el PR de Secundaria (ya que es para el Personal dependiente de la Consejería de Educación), seguro que pronto será aplicable también al de Primaria.

Queda mucho por hacer en la normalización laboral de nuestro colectivo, pero al menos, empezamos a caminar….

Para ver la Instrucción haz clic aquí

LOS PROFESORES DE RELIGIÓN DE SECUNDARIA TAMBIÉN COBRARÁN TRIENIOS

Las dudas planteadas sobre el cobro de trienios por parte de los PR dependientes de la Consejería de Educación han quedado despejadas tras la Mesa Técnica de 27 de marzo y la Nota del D.G.RR.HH. de 3 de marzo, y queda claro que el PR de Secundaria también cobrará trienios, aunque aún no sabemos cuando.

Por eso hay que tener en cuenta el tema de la prescripción, ya que el 13 de mayo se cumplirá un año de la entrada en vigor del Estatuto Básico del Empleado Público y, por tanto, si para esa fecha la Consejería no ha empezado a pagar (que es lo más probable), sería muy conveniente hacer algún tipo de reclamación que rompa la prescripción.

Por tanto, los pasos a dar y nuestros consejos serían:

1. A primeros de mayo la Consejería dictará unas Instrucciones sobre el Procedimiento para el Reconocimiento de Trienios al PR, que tendrá el mismo efecto retroactivo que para los interinos. Esto no quiere decir que vayan a empezar a pagar en mayo.

2. Los PR de Secundaria recibirán Certificación (o se publicarán listas oficiales) del Tiempo de Servicio de cada PR que consta a la Consejería. En principio, como Secundaria siempre ha trabajado con contrato, deberían estar reconocidos de oficio todos los períodos trabajados.

3. Aquellos que comprueben que no coincide lo reconocido con el tiempo real de servicios prestados, deberán acreditar documentalmente los tiempos no reconocidos (Vida Laboral, Certificados de los IES, Nombramientos y Ceses…), por el Procedimiento que la propia Consejería habilite en la Instrucciones mencionadas.

4. La Consejería resolverá las incidencias, y caso de que alguien no esté de acuerdo, deberá acudir a la vía administrativa o judicial.

5. En todo caso, con el único objetivo de evitar la prescripción, y si la Consejería no paga los trienios antes del 13 de mayo de 2008, aconsejamos entregar, antes de esa fecha, algún Modelo de Reclamación en el Registro de vuestra Delegación Provincial de Educación, quedándoos con copia.

domingo, 13 de abril de 2008

WEB Delegación Diocesana de Enseñanza de Asidonia-Jerez

Nos complace saludar a la Delegación Diocesana de Enseñanza de Asidonia-Jerez y a todo su profesorado. Hemos colgado el enlace de su WEB en el Blog para que desde la información y la visita al mismo nos sintamos más unidos y en comunión.

http://www.diocesisdejerez.org/ense

Un saludo.

EL MEC EMPEZARÁ A PAGAR LOS TRIENIOS EN LA NÓMINA DE ABRIL

Puestos al habla con el MEC nos indican que en la nómina de abril comenzarán a abonar los trienios al Profesorado de Religión de Infantil-Primaria dependiente de ese Ministerio´(esperemos que esta vez no nos engañen).

Tal y como hemos informado anteriormente, el MEC reconocerá de oficio solamente los períodos trabajados con posterioridad al 1 de enero del 99, y abrirá un procedimiento para la reclamación de los períodos anteriores.

El PR que haya prestado servicios anteriores al 99 deberá acreditarlos documentalmente, por el procedimiento que el MEC establezca. En caso de que el MEC no resuelva favorablemente la reclamación efectuada, el profesor afectado deberá seguir la vía Administrativa o Judicial según corresponda.

Nuestra recomendación es que, en cualquier caso, para evitar la prescripción de lo anterior al 99 se debe entregar antes del 13 de mayo de 2008, algún modelo de Reclamación, junto con la Documentación correspondiente.

Sabemos que algún sindicato está preparando Modelos de Reclamación que hará llegar al Profesorado de Religión en los próximos días.

DUDAS SOBRE TRASLADOS Y DISTRIBUCIÓN

Nuestro compañero Luis Miguel Gómez Urbina, nos plantea estas preguntas de interés para todos:

Como poseedores de un contrato indefinido, que es el firmado para el actual curso- "Contrato de trabajo de carácter indefinido, celebrado al amparo del Real Decreto 696/2007, de 1de Junio....":
1.-¿Estamos vinculados a un Centro concreto de trabajo, que es el que figura en dicho contrato?
2.-Para ser cambiados de centro, ¿es preceptiva nuestra renuncia?
3.-¿Es esta la práctica habitual de la Consejería con los laborales? ¿En este sentido, es más fácil mover a un funcionario que a un laboral con contrato indefinido?
4.-¿Cabe la demanda judicial en caso de ser removido sin nuestro consentimiento, cómo en el caso de la disminución de horas?
Un saludo amigos. Luis Miguel Gómez Urbina.

SI HACES CLIC SOBRE ESTA FRASE SE ABRIRÁ OTRA VENTANA EN LA QUE PODRÁS VER NUEVAMENTE LAS PREGUNTAS Y A CONTINUACIÓN LAS RESPUESTAS Y COMENTARIOS.

miércoles, 9 de abril de 2008

Una razón para trabajar unidos por nuestra Asociación Profesional APPRECE-A (II)

Cursos de capacitación conveniados con la Consejería, encuentros entre profesores de religión de distintas Comunidades autónomas y distintos países, consultas de tipo didáctico y pedagógico, recursos educativos, biblioteca didáctica... Una Asociación profesional como la nuestra puede generar actividades y rercursos para nuestra cualificación profesional, a disposición de todos los profesores y profesoras, que nos motiven, ilusionen y faciliten la compleja y necesaria labor educativa que tenemos entre manos.

martes, 8 de abril de 2008

Una razón para trabajar unidos por nuestra Asociación Profesional APPRECE-A (I)

Las posibilidades que genera o puede generar una Asociación como la nuestra, con las personas y los recursos que tiene, para trabajar la PROFESIONALIZACIÓN PERMANENTE de nuestro colectivo en Primaria y Secundaria, nos tiene que mover a todo el profesorado asociado a saber leer los momentos de cambio, para CRECER y aportar a la sociedad y a la educación en nuestra Comunidad Autónoma la riqueza profesional que podemos y debemos compartir.

lunes, 7 de abril de 2008

CONVOCADA ASAMBLEA DE APPRECE-A SEVILLA

Os reproducimos la convocatoria de asamblea provincial de APPRECE-A hecha para los ASOCIADOS DE SEVILLA y animamos a la participación activa y democrática en la misma.


Estimados Asociados y Asociadas de APPRECE-A de Sevilla:

El próximo 4 de mayo se cumplen 4 años de nuestra elección por la Asamblea de Asociados celebrada en el Colegio Santa Ana como miembros del Equipo de la Asociación en Sevilla. De acuerdo con el Art. 16 de nuestros Estatutos, ese día finalizaría nuestro servicio.
Creemos necesario por tanto convocar una Asamblea Provincial a fin de poder
dialogar todos/as sobre cuestiones que nos afectan como Asociados y como Profesores de Religión, y poder elegir un nuevo Equipo de Vocales, de acuerdo con el Art. 15 de los Estatutos:
“…la Asociación estará regida por una Junta Directiva, que estará compuesta
por: un/a Presidente/a, un/a Vicepresidente/a, un/a Secretario/a y un/a Tesorero/a, elegidos por la Asamblea General Andaluza, y por Vocales de
cada una de las Provincias/Diócesis de la Comunidad Autónoma de Andalucía, elegidos por los socios de la respectiva Provincia/Diócesis, bien en su propia demarcación, bien en la Asamblea General de la APPRECE ANDALUCÍA.”

Para la presentación de candidaturas, de acuerdo con el Art. 18, hay que ser Asociado al corriente de pago.

Para ser admitida la candidatura a votación deberá contener: nombre, apellidos, situación del candidato, Provincia/Diócesis a la que pertenece y cargo para el que se propone, y habrá de presentarse al menos con diez días de antelación a la fecha de la celebración de la Asamblea en la que deba ser elegido.

Las candidaturas habrán de hacerse llegar a la Presidencia y Secretaría de APPRECE-A.

Todos/as conocéis la delicada situación por la que atraviesa la Asociación en nuestra provincia, por ello os animamos muy especialmente a presentar candidaturas y a haceros presentes en esta Asamblea, con vuestra voz y vuestro voto.

Será el JUEVES 24 DE ABRIL EN EL CENTRO CÍVICO SAN PABLO.

Gracias por vuestra asistencia.

EL EQUIPO DE APPRECE ANDALUCÍA DE SEVILLA
Pedro Luis Fernández Cáceres. Delegado de APPRECE-A en Sevilla.

Manuel Fernández Bordas. Secretario de APPRECE-A.
Eduardo López Larrubia. Tesorero de APPRECE-A.
Ana Llorens Forés. Vocal de Secundaria.
Ana Lafuente Zorrilla. Vocal de Secundaria.
Juan Bautista Lafuente Vázquez. Vocal de Secundaria.
Manuel Santos Santos. Vocal de Primaria.

domingo, 6 de abril de 2008

¿Es justa la propuesta de la Consejería con respecto a la distribución del Profesorado de Religión?

Una compañera de Primaria nos envía su pregunta y reflexión:

Soy una profesora de religión de Primaria ,que llevo 19 años trabajando a jornada parcial sin la posibilidad de que pudiese cambiar de Centro después de muchos intentos y peticiones al obispado.

Con la nueva propuesta de la Consejería ¿tendría la posibilidad de cambiar de Centro o quedaría por el contrario a la espera de que los demás quieran dejar también sus centros a pesar de que su antigüedad es la mitad que la mía? No creo que sea justo que no se me respete como profesional y siga siempre por debajo de los que por "circunstancias" han conseguido estar en situaciones mejores.

Y otra de Secundaria también nos pregunta sobre el tema:

Hola soy una profesora de Religión de secundaria y mi duda es la siguiente: Si yo no quiero moverme del Instituto en el que estoy, ¿me pueden mover?

Ver respuestas y comentarios haciendo clic en la palabra "comentarios" que aparece subrayada un par de líneas más abajo, o haciendo clic en el título de esta “entrada”.

¿Puede un Profesor de Religión pedir destino en otra provincia?

Una compañera nos envía esta pregunta:

Agradezco la oportunidad que nos brindáis a este colectivo de poder transmitirnos y comunicarnos los temas que nos preocupan cada curso escolar. Mi pregunta es la siguiente: ¿Puede un profesor de Religión Católica elegir destino o cambiar de Centro a otra provincia de Andalucía? Ya he leído que se están tramitando los borradores sobre este tema a la hora de elegir Centro.
Un saludo y muchas gracias... Teresa.

Ver respuestas y comentarios haciendo clic en la palabra "comentarios" que aparece subrayada un par de líneas más abajo, o haciendo clic en el título de esta “entrada”.

¿Se valorará la experiencia docente como Profesor de Religión en las oposiciones?

La pregunta que da título a esta “entrada” y que nos la transmiten varios compañeros, se le ha hecho al Director General de Recursos Humanos de la Consejería en la Mesa Técnica del 27 de marzo, y su respuesta fue taxativa: “No se valorará el tiempo de servicio como Profesor de Religión para oposiciones”.

Dicho esto, con toda claridad, creemos que esta es otra batalla jurídica que podemos ganar. De hecho ya hay varios compañeros/as que interpusieron demanda sobre esta cuestión y están esperando sentencias (estos litigios Administrativos son muy lentos). En otras Comunidades Autónomas hay sentencias favorables, de sus Tribunales Superiores de Justicia, e incluso hay sentencias del Tribunal Supremo favorables al PR.

En resumen: a no ser que se produzca un cambio de postura inesperado, la Consejería no va a valorar la experiencia como PR para las oposiciones por las buenas… y habrá que conseguirlo en los tribunales.