jueves, 1 de mayo de 2008

EL MEC PAGA LOS TRIENIOS “ATRASADOS” EN DOS NÓMINAS

Bastantes compañeros/as de Primaria se han sentido decepcionados al comprobar que el ingreso que le han hecho referido a la nómina de Abril es mucho menor de lo esperado. Esto tiene una explicación:

El Ministerio ha incluido en la nómina de abril las cantidades correspondientes a los trienios de los meses de enero a abril de 2008 (que para los que llevan trabajando desde antes del 99 son tres trienios por cuatro meses), y a lo largo del mes de mayo hará otro ingreso, en una nómina de incidencias, correspondiente a las cantidades atrasadas de junio a diciembre de 2007 (que serán dos trienios por siete meses, para los que llevan trabajando desde antes del 99).

También debe el MEC enviar algún tipo de certificación en el que indique el Tiempo de Servicio reconocido, que será a partir del 1-1-99, teniendo los interesados que aportar documentación acreditativa de los Servicios Prestados con anterioridad a esa fecha.

4 comentarios:

Anónimo dijo...

¿Y que pasa con los de secundaria? porque en la nómina de abril no han pagado ¿Hacemos algo? ¿El qué?...

Profesores de Religión por la Dignidad Laboral y Profesional dijo...

Querido/a compañero/a: en este mismo blog, dos noticias más abajo, ya damos respuesta a estas dudas sobre los trienios de Secundaria.
Este es el enlace:
http://profesoresreligion.blogspot.com/2008/04/los-profesores-de-religin-de-secundaria.html

Anónimo dijo...

Hay algo que no entiendo. ¿Y qué ocurre con los atrasos que me deben desde el 1-1-99? Yo trabajo en esto desde el 92 pero al menos, y a la espera del reconocimiento desde ese año, deberían pagarme todo lo que he dejado de cobrar desde el 99. ¿Cuándo se va a efectuar ese pago? Según mis cuentas la cantidad desde Enero del 99 hasta la fecha podría rondar los 4000 €. ¿Alguien tiene más datos al respecto? Gracias.

Profesores de Religión por la Dignidad Laboral y Profesional dijo...

Es muy fácil de explicar. Mira, el Estatuto Básico del Empleado Público dice en su Art. 25.2.: "Se reconocerán los trienios correspondientes a los servicios prestados antes de la entrada en vigor del presente Estatuto que tendrán efectos retributivos únicamente a partir de la entrada en vigor del mismo."
Es decir, se reconoce todo el tiempo de Servicio, pero sólo tiene efectos retributivos a partir de la entrada en vigor de la norma, es decir, a partir de Mayo de 2007. Por eso no deben 4000 €, sino bastante menos...