viernes, 9 de mayo de 2008
PARA EVITAR PRESCRIPCIÓN DE TRIENIOS EN PRIMARIA
De todas formas, y teniendo en cuenta que este Blog no es ninguna Asesoría Jurídica sino un simple medio de intercambio y comunicación de información y opinión entre compañeros Profesores de Religión, creemos conveniente que se entregue, antes del 13 de mayo, algún tipo de Modelo de Escrito por el Registro de la Subdelegación del Gobierno correspondiente, con el único fin de evitar posibles prescripciones.
Reproducimos a continuación una nota aclaratoria sobre este tema remitido desde Málaga por nuestro compañero Santiago Vela. Y también colocamos al final del escrito un enlace a un posible Modelo, meramente orientativo, para presentar.
Estimado/a compañero/a de Infantil-Primaria:
La presentación de esta reclamación junto con la documentación y certificados que se adjuntan NO GARANTIZA que el MEC proceda a reconocer y pagar automáticamente todos los Trienios que quedan, pero SI PARALIZA LA PRESCRIPCIÓN para reclamar los meses desde que entró en vigor la Ley.
1.- Es probable que a lo largo del mes de mayo, el MEC envíe al Profesorado de Religión de Infantil y Primaria la documentación con el Reconocimiento de los Trienios hasta el día 1 de enero de 1.999 (solo hasta esta fecha, pues es la que documentalmente le consta al MEC).
2.- Como la Ley indica que el cobro de los TRIENIOS es sólo a partir del 14 de mayo de 2007, es igualmente probable que próximamente, en una nueva nómina de “incidencias” pague los atrasos de los trienios pertenecientes a las mensualidades desde que entró en vigor la Ley (es decir desde Mayo hasta Diciembre de 2007).
3.- Igualmente se espera que el MEC publique en breve unas instrucciones con el procedimiento para poder justificar los años de servicios anteriores al 1.999. Hasta entonces no conoceremos qué documentación es la que estimará necesaria el MEC para que se reconozcan los años anteriores a 1.999 (¿certificaciones de centros? ¿de los Obispados? ¿Nombramientos? ¿sentencias? ¿visados de la inspección?...)
¿POR QUÉ PRESENTAMOS AHORA ESTA RECLAMACIÓN?.
Es seguro que cuando conozcamos el procedimiento de reclamación que indique el MEC, haya pasado el año que la ley señala para la reclamación de cantidad por la vía laboral. Es probable que para entonces tengamos que, de nuevo, aportar nueva documentación, pero, presentando esta reclamación ahora, antes de que se cumpla el año desde que se promulga la Ley, nos curamos en salud y evitamos que la Administración pueda “jugárnosla” y considerar prescritos los meses que pasen a partir de este Mayo. Recordemos que las reclamaciones de cantidad en el ámbito laboral prescriben al año.
Pincha en el siguiente enlace para descargarte un Modelo de Solicitud, meramente orientativo: http://docs.google.com/Doc?id=dgrrpg5x_8ww595rc4
PARA EVITAR PRESCRIPCIÓN DE TRIENIOS SECUNDARIA
Como ya informamos el 18 de abril (ver el siguiente enlace http://profesoresreligion.blogspot.com/2008/04/los-profesores-de-religin-de-secundaria.html) la Consejería de Educación se ha comprometido a pagar, de oficio, los trienios al PR de Secundaria, y a establecer un procedimiento para la corrección de errores. En esa misma información ya explicábamos el proceso a seguir.
También decíamos que era conveniente entregar algún Modelo de Escrito a fin de evitar la posible prescripción. Por ello, y teniendo en cuenta que este Blog no es ninguna Asesoría Jurídica sino un simple medio de intercambio y comunicación de información y opinión entre compañeros Profesores de Religión, creemos conveniente que se entregue, antes del 13 de mayo, algún tipo de Modelo de Escrito por el Registro de la Delegación de Educación correspondiente, con el único fin de evitar posibles prescripciones.
Pincha en el siguiente enlace para descargarte un posible Modelo, simplemente orientativo.
http://docs.google.com/View?docid=dgrrpg5x_7gv8n9sdz
jueves, 1 de mayo de 2008
EL MEC PAGA LOS TRIENIOS “ATRASADOS” EN DOS NÓMINAS
El Ministerio ha incluido en la nómina de abril las cantidades correspondientes a los trienios de los meses de enero a abril de 2008 (que para los que llevan trabajando desde antes del 99 son tres trienios por cuatro meses), y a lo largo del mes de mayo hará otro ingreso, en una nómina de incidencias, correspondiente a las cantidades atrasadas de junio a diciembre de 2007 (que serán dos trienios por siete meses, para los que llevan trabajando desde antes del 99).
También debe el MEC enviar algún tipo de certificación en el que indique el Tiempo de Servicio reconocido, que será a partir del 1-1-99, teniendo los interesados que aportar documentación acreditativa de los Servicios Prestados con anterioridad a esa fecha.
viernes, 18 de abril de 2008
BUENA NOTICIA: EL PROFESORADO DE RELIGIÓN EQUIPARADO CON LOS INTERINOS A EFECTOS DE PERMISOS Y LICENCIAS
Con ella empiezan a dar sus frutos las negociaciones sindicales con la Administración, y aunque algunos pensaréis que no es gran cosa, lo podríamos considerar el primer pasito, lo primero que conseguimos en Andalucía en una negociación, sin tener que judicializar el tema.
Con esta Instrucción (que como ella misma dice ha sido consultada a los sindicatos presentes en la Mesa Sectorial) se nos concederán permisos que hasta ahora se nos negaban: por razones de formación, permiso de cuatro semanas adicionales por parto, adopción o acogimiento, permiso por cuidado de hijo menor de dieciséis meses, acumulación de tiempo de lactancia… únicamente no se contempla el permiso por asuntos particulares sin retribución, que es el único que no tienen los interinos y sí los funcionarios.
Aunque de momento es para el PR de Secundaria (ya que es para el Personal dependiente de la Consejería de Educación), seguro que pronto será aplicable también al de Primaria.
Queda mucho por hacer en la normalización laboral de nuestro colectivo, pero al menos, empezamos a caminar….
Para ver la Instrucción haz clic aquí
LOS PROFESORES DE RELIGIÓN DE SECUNDARIA TAMBIÉN COBRARÁN TRIENIOS
Las dudas planteadas sobre el cobro de trienios por parte de los PR dependientes de la Consejería de Educación han quedado despejadas tras la Mesa Técnica de 27 de marzo y la Nota del D.G.RR.HH. de 3 de marzo, y queda claro que el PR de Secundaria también cobrará trienios, aunque aún no sabemos cuando.
Por eso hay que tener en cuenta el tema de la prescripción, ya que el 13 de mayo se cumplirá un año de la entrada en vigor del Estatuto Básico del Empleado Público y, por tanto, si para esa fecha la Consejería no ha empezado a pagar (que es lo más probable), sería muy conveniente hacer algún tipo de reclamación que rompa la prescripción.
Por tanto, los pasos a dar y nuestros consejos serían:
1. A primeros de mayo la Consejería dictará unas Instrucciones sobre el Procedimiento para el Reconocimiento de Trienios al PR, que tendrá el mismo efecto retroactivo que para los interinos. Esto no quiere decir que vayan a empezar a pagar en mayo.
2. Los PR de Secundaria recibirán Certificación (o se publicarán listas oficiales) del Tiempo de Servicio de cada PR que consta a la Consejería. En principio, como Secundaria siempre ha trabajado con contrato, deberían estar reconocidos de oficio todos los períodos trabajados.
3. Aquellos que comprueben que no coincide lo reconocido con el tiempo real de servicios prestados, deberán acreditar documentalmente los tiempos no reconocidos (Vida Laboral, Certificados de los IES, Nombramientos y Ceses…), por el Procedimiento que la propia Consejería habilite en la Instrucciones mencionadas.
4. La Consejería resolverá las incidencias, y caso de que alguien no esté de acuerdo, deberá acudir a la vía administrativa o judicial.
5. En todo caso, con el único objetivo de evitar la prescripción, y si la Consejería no paga los trienios antes del 13 de mayo de 2008, aconsejamos entregar, antes de esa fecha, algún Modelo de Reclamación en el Registro de vuestra Delegación Provincial de Educación, quedándoos con copia.
domingo, 13 de abril de 2008
WEB Delegación Diocesana de Enseñanza de Asidonia-Jerez
http://www.diocesisdejerez.org/ense
Un saludo.
EL MEC EMPEZARÁ A PAGAR LOS TRIENIOS EN LA NÓMINA DE ABRIL
Tal y como hemos informado anteriormente, el MEC reconocerá de oficio solamente los períodos trabajados con posterioridad al 1 de enero del 99, y abrirá un procedimiento para la reclamación de los períodos anteriores.
El PR que haya prestado servicios anteriores al 99 deberá acreditarlos documentalmente, por el procedimiento que el MEC establezca. En caso de que el MEC no resuelva favorablemente la reclamación efectuada, el profesor afectado deberá seguir la vía Administrativa o Judicial según corresponda.
Nuestra recomendación es que, en cualquier caso, para evitar la prescripción de lo anterior al 99 se debe entregar antes del 13 de mayo de 2008, algún modelo de Reclamación, junto con la Documentación correspondiente.
Sabemos que algún sindicato está preparando Modelos de Reclamación que hará llegar al Profesorado de Religión en los próximos días.
DUDAS SOBRE TRASLADOS Y DISTRIBUCIÓN
Como poseedores de un contrato indefinido, que es el firmado para el actual curso- "Contrato de trabajo de carácter indefinido, celebrado al amparo del Real Decreto 696/2007, de 1de Junio....":
1.-¿Estamos vinculados a un Centro concreto de trabajo, que es el que figura en dicho contrato?
2.-Para ser cambiados de centro, ¿es preceptiva nuestra renuncia?
3.-¿Es esta la práctica habitual de la Consejería con los laborales? ¿En este sentido, es más fácil mover a un funcionario que a un laboral con contrato indefinido?
4.-¿Cabe la demanda judicial en caso de ser removido sin nuestro consentimiento, cómo en el caso de la disminución de horas?
Un saludo amigos. Luis Miguel Gómez Urbina.
SI HACES CLIC SOBRE ESTA FRASE SE ABRIRÁ OTRA VENTANA EN LA QUE PODRÁS VER NUEVAMENTE LAS PREGUNTAS Y A CONTINUACIÓN LAS RESPUESTAS Y COMENTARIOS.
miércoles, 9 de abril de 2008
Una razón para trabajar unidos por nuestra Asociación Profesional APPRECE-A (II)
martes, 8 de abril de 2008
Una razón para trabajar unidos por nuestra Asociación Profesional APPRECE-A (I)
lunes, 7 de abril de 2008
CONVOCADA ASAMBLEA DE APPRECE-A SEVILLA
Estimados Asociados y Asociadas de APPRECE-A de Sevilla:
El próximo 4 de mayo se cumplen 4 años de nuestra elección por la Asamblea de Asociados celebrada en el Colegio Santa Ana como miembros del Equipo de la Asociación en Sevilla. De acuerdo con el Art. 16 de nuestros Estatutos, ese día finalizaría nuestro servicio.
Creemos necesario por tanto convocar una Asamblea Provincial a fin de poder dialogar todos/as sobre cuestiones que nos afectan como Asociados y como Profesores de Religión, y poder elegir un nuevo Equipo de Vocales, de acuerdo con el Art. 15 de los Estatutos:
“…la Asociación estará regida por una Junta Directiva, que estará compuesta
por: un/a Presidente/a, un/a Vicepresidente/a, un/a Secretario/a y un/a Tesorero/a, elegidos por la Asamblea General Andaluza, y por Vocales de cada una de las Provincias/Diócesis de la Comunidad Autónoma de Andalucía, elegidos por los socios de la respectiva Provincia/Diócesis, bien en su propia demarcación, bien en la Asamblea General de la APPRECE ANDALUCÍA.”
Para la presentación de candidaturas, de acuerdo con el Art. 18, hay que ser Asociado al corriente de pago.
Para ser admitida la candidatura a votación deberá contener: nombre, apellidos, situación del candidato, Provincia/Diócesis a la que pertenece y cargo para el que se propone, y habrá de presentarse al menos con diez días de antelación a la fecha de la celebración de la Asamblea en la que deba ser elegido.
Las candidaturas habrán de hacerse llegar a la Presidencia y Secretaría de APPRECE-A.
Todos/as conocéis la delicada situación por la que atraviesa la Asociación en nuestra provincia, por ello os animamos muy especialmente a presentar candidaturas y a haceros presentes en esta Asamblea, con vuestra voz y vuestro voto.
Será el JUEVES 24 DE ABRIL EN EL CENTRO CÍVICO SAN PABLO.
Gracias por vuestra asistencia.
EL EQUIPO DE APPRECE ANDALUCÍA DE SEVILLA
Pedro Luis Fernández Cáceres. Delegado de APPRECE-A en Sevilla.
Manuel Fernández Bordas. Secretario de APPRECE-A.
Eduardo López Larrubia. Tesorero de APPRECE-A.
Ana Llorens Forés. Vocal de Secundaria.
Ana Lafuente Zorrilla. Vocal de Secundaria.
Juan Bautista Lafuente Vázquez. Vocal de Secundaria.
Manuel Santos Santos. Vocal de Primaria.
domingo, 6 de abril de 2008
¿Es justa la propuesta de la Consejería con respecto a la distribución del Profesorado de Religión?
Soy una profesora de religión de Primaria ,que llevo 19 años trabajando a jornada parcial sin la posibilidad de que pudiese cambiar de Centro después de muchos intentos y peticiones al obispado.
Con la nueva propuesta de la Consejería ¿tendría la posibilidad de cambiar de Centro o quedaría por el contrario a la espera de que los demás quieran dejar también sus centros a pesar de que su antigüedad es la mitad que la mía? No creo que sea justo que no se me respete como profesional y siga siempre por debajo de los que por "circunstancias" han conseguido estar en situaciones mejores.
Y otra de Secundaria también nos pregunta sobre el tema:
Hola soy una profesora de Religión de secundaria y mi duda es la siguiente: Si yo no quiero moverme del Instituto en el que estoy, ¿me pueden mover?
Ver respuestas y comentarios haciendo clic en la palabra "comentarios" que aparece subrayada un par de líneas más abajo, o haciendo clic en el título de esta “entrada”.
¿Puede un Profesor de Religión pedir destino en otra provincia?
Agradezco la oportunidad que nos brindáis a este colectivo de poder transmitirnos y comunicarnos los temas que nos preocupan cada curso escolar. Mi pregunta es la siguiente: ¿Puede un profesor de Religión Católica elegir destino o cambiar de Centro a otra provincia de Andalucía? Ya he leído que se están tramitando los borradores sobre este tema a la hora de elegir Centro.
Un saludo y muchas gracias... Teresa.
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¿Se valorará la experiencia docente como Profesor de Religión en las oposiciones?
Dicho esto, con toda claridad, creemos que esta es otra batalla jurídica que podemos ganar. De hecho ya hay varios compañeros/as que interpusieron demanda sobre esta cuestión y están esperando sentencias (estos litigios Administrativos son muy lentos). En otras Comunidades Autónomas hay sentencias favorables, de sus Tribunales Superiores de Justicia, e incluso hay sentencias del Tribunal Supremo favorables al PR.
En resumen: a no ser que se produzca un cambio de postura inesperado, la Consejería no va a valorar la experiencia como PR para las oposiciones por las buenas… y habrá que conseguirlo en los tribunales.
lunes, 31 de marzo de 2008
Derecho a votar el Programa de Calidad
"En el ultimo claustro donde se votó la integración del
centro a la ley de calidad, no se permitió que votase el profesorado de
religión, alegando que eran ultimas disposiciones de la delegación
provincial. Es el único centro del que yo tengo noticia de esta
discriminación en la provincia de jaén, quisiera saber si esta
disposición es cierta o una interpretación particular del director."
Muy fácil. Nos vamos a la Orden correspondiente:
Orden de 20 de febrero de 2008 , por la que se regula el Programa de Calidad y Mejora de los rendimientos escolares en los Centros Docentes públicos, remitida por la Consejería de Educación para su publicación en el BOJA. y reproducimos el artículo 4º.
"Artículo 4. Procedimiento para la elaboración de los objetivos educativos y su inclusión en el proyecto educativo.
1. El Claustro de Profesorado decidirá la participación del centro en el programa de calidad y mejora de los rendimientos escolares en los centros docentes públicos, para lo que se precisará una mayoría de, al menos, los dos tercios de sus miembros.
3. Los objetivos educativos elaborados deberán ser aprobados por el Claustro de
Profesorado, para lo que se precisará una mayoría simple de sus miembros."
Por lo tanto, el profesor de religión tiene DERECHO a votar como miembro del Claustro que es.
Otra cosa es que la Consejería amparándose en que "no pertenece a la Plantilla del centro" (por eso se dice que el número de profesores en un Centro es p.ej. 40 + 1) diga que no nos podemos acoger al Programa (cosa discutible y denunciable).
Por lo tanto, si se ha impedido votar al profesor de religión se pueden IMPUGNAR las votaciones y hacer que el director se lea la ORDEN.