jueves, 4 de febrero de 2010

RECONOCIMIENTO DE TRIENIOS DEL PROFESORADO DE RELIGIÓN DE PRIMARIA.



CSI•F GANA EN LOS TRIBUNALES EL RECONOCIMIENTO DE TRIENIOS DEL PROFESORADO DE RELIGIÓN DE PRIMARIA.

Para CSI•F esta sentencia viene a reconocer el derecho del profesorado de Religión a cobrar los trienios anteriores al año 1999 y pide al Ministerio de Educación el reconocimiento inmediato de las solicitudes cursadas.

El Juzgado nº 4 de lo social de Almería mediante una sentencia ha venido a reconocer el derecho del profesorado de Religión de Primaria, dependiente del Ministerio de Educación, a cobrar los trienios anteriores al año 1999. Esta sentencia es consecuencia de una demanda presentada por la asesoría jurídica de CSI•F Almería, después de haber agotado la vía negociadora con el Ministerio de Educación.

CSI•F espera que esta sentencia sirva para que el Ministerio reconozca, vía administrativa, los derechos del profesorado de Religión de percibir las retribuciones correspondientes a los trienios cumplidos desde que comenzaron a trabajar. Resulta inaudito, rechazable y reprobable que el Ministerio a sabiendas que la legalidad apoya la demanda del profesorado de Religión, empuje a los afectados a los tribunales para que les reconozcan sus derechos. Con los perjuicios que esto ocasiona en cuanto al gasto económico, pérdida de tiempo y aumento del colapso de los tribunales, como si estos no estuvieran ya saturados.

Para CSI•F esta nefasta actuación del Ministerio es una más, que pone de manifiesto la escasa o nula voluntad política de este en el reconocimiento de condiciones laborales del profesorado de Religión.

Esperamos y deseamos un cambio de actitud de la Administración Educativa de tal forma que se inicie un proceso negociador para que el profesorado de Religión puede mejorar sus condiciones laborales en aspectos como: el reconocimiento de itinerancias, ayudas de acción social, reducción para mayores de 55 años, etc. etc.

Sector Autonómico de Enseñanza de CSI•F Andalucía.

3 comentarios:

Anónimo dijo...

¿Como se puede calcular la cuantía?. Yo empece a trabajar en el curso 1.993/94

Anónimo dijo...

Creo que no es lo que crees, empezaran a pagarte 5 trienios a partir de la fecha que salga la sentencia, y lo anterior no se cobrarà

Anónimo dijo...

Bueno y los sexenios, ¿nos corresponden cobrarlos?