lunes, 13 de abril de 2009

RECONOCIMIENTO EXPERIENCIA DOCENTE DE RELIGIÓN PARA OPOSICIONES

Ante las Oposiciones para Primaria que se celebrarán en Andalucía proximamente, y las futuras convocatorias de Secundaria, es bueno que todos sepamos que, aunque la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía no piensa valorar la experiencia docente como profesor de religión en la Enseñanza Pública, los tribunales hace tiempo que le están negando la razón y dándosela a los profesores de religión que reclaman su derecho a ser valorados por este concepto.
Hay dos sentencias del Supremo, y varias del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (no sólo una y pionera como algunos van diciendo...).
Por eso, aquel que se vaya a presentar debería incluir entre los méritos aportados las Certificaciones Oficiales (Hojas de Servicio o similar) donde aparezca su tiempo de servicio como Profesor de Religión, y estar atento para reclamar en tiempo y forma (dentro del plazo estipulado y con el tipo de recurso adecuado) de acuerdo con las Resoluciones Provisionales y Definitivas si no le valora su experiencia docente.
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5 comentarios:

Anónimo dijo...

EL TIEMPO DE SERVICIO CUENTA SOLO PARA SECUNDARIA O ES TAMBIEN PARA PRIMARIA? YA HE LEIDO QUE HAY UNA SENTENCIA A FAVOR DE UNA MAESTRA DE PRIMARIA, PERO AUN ME RESULTA EXTRAÑO Y DUDOSO QUE ESTE AÑO NOS CUENTE COMO TIEMPO DE SERVICIO. SALUDOS

Anónimo dijo...

SABE ALGUIEN CUANDO SADRÁ ESTE AÑO EL CONCURSO DE TRASLADOS DE MAESTROS DE RELIGION PARA EL PROXIMO CURSO? LO AGRADECERIA MUCHO SI ALGUIEN ME CONTESTARA. GRACIAS

Profesores de Religión por la Dignidad Laboral y Profesional dijo...

Como explicamos en la "entrada", la Administración NO VA A CONTAR EL TIEMPO DE SERVICIO COMO PROFESOR DE RELIGIÓN PARA OPOSICIONES "MOTU PROPIO".
Lo que decimos es que el que se vaya a presentar a Oposiciones que presente como mérito la experiencia como profesor o maestro de religión y que cuando no se lo valoren vaya haciendo las reclamaciones pertinentes, hasta llegar a los tribunales que, si se pronuncian como ya lo han hecho en varios casos, le darán la razón.

Anónimo dijo...

Una duda, cuando se han pronunciado los tribunales a favor del profesorado de religión, ¿cuál ha sido la consecuencia? Cambiando la baremación, ¿le han dado una plaza? ¿simplemente han ganando el derecho a que le cuenten el tiempo de servicio para otras convocatorias?

Profesores de Religión por la Dignidad Laboral y Profesional dijo...

Al pronunciarse a favor los tribunales la sentencia dice que, a la persona en concreto, se le reconozca el derecho a puntuarsele en la convocatoria en la que ganó el puesto, y se le paguen todas las cantidades dejadas de cobrar desde entonces. Es decir, es como si hubiera sacado la oposición (que es lo que en justicia pasó aunque no se lo reconocieron), la plaza, cuando se presentó y no se lo valoraron.
La Consejería lo que ha hecho es recurrirlo al Supremo, por lo que las Sentencias, aunque coincidentes, no son firmes (a excepción de las dos del Supremo que no son de PR de Andalucía). Como no son firmes, la Consejería no ha cambiado el baremo ni incluido en ellos la experiencia de Religión y, como ya decimos, las comisiones de baremación no la van a valorar en la próxima convocatoria de este verano; y por eso hay que seguir todo el procedimiento legal de reclamaciones, impugnaciones y demandas.